Registro de Personas con Discapacidad


    DATOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    La información consignada en el presente formato tiene carácter de Declaración Jurada, en caso de resultar falsa la información que proporcionó se actuará en concordancia con el numeral 34.3 del artículo 34º del Texto Único Ordinario de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.



    ** El certificado de discapacidad es el único documento que acredita la discapacidad. La resolución del CONADIS corrobora el certificado de discapacidad. Se debe adjuntar al presente cualquiera de los documentos de manera obligatoria, no se considera parte de la cuota, a aquellos/as servidores/as que no estén certificados. Si hubiera servidores/as no certificados, la institución deberá gestionar su certificación.

    *** Tipos de discapacidad de acuerdo a la Ley Nº 2997, Ley General de la Persona con Discapacidad, Física, Sensorial, Intelectual y Mental.